El artículo ´´ La ética ecológica`` de Francisco Garrido
Peña trata de la crisis ecológica, que es, no solo un suicidio colectivo pero
también un homicidio intergeneracional. Ninguna ética de autonomía, la actual
ética, puede justificar la devastación del ambiente como viene ocurriendo y eso
es uno de los grandes problemas para la ética ecológica, la contradicción entre
la ética moderna de la autonomía de los agentes morales y los límites de la
comunidad moral. La ampliación de los límites, para generaciones futuras y la
comunidad biótica, hará con que aparezcan nuevos límites de carácter
intergeneracional, o sea, la nueva ética ecológica.
La ética es un conjunto de
dispositivos que regulan la conducta humana y que sustituyen las instrucciones
conductuales, esta sustitución para la ética ecológica responde a dos motivos:
un aumento cuantitativo y cualitativo de la complejidad de la especie y un
aumento de la velocidad de cambios interno y del ambiente.
Es posible definir una
ecuación para la compresión de la moral y la ética: M+E/C, donde M es
materialismo, E es ecología y C es complejidad, es aquí donde merece atención
la empatía que favorece un conjunto de estímulos conductuales que han sido
claves en nuestro éxito evolutivo. La ética ecológica debe regular las
condiciones para una empatía más universal, esto supone extender la empatía
hacia otras formas de vida y la cooperación más allá de los límites de la
humanidad.
La finalidad de incluir a
toda la comunidad bioética en la comunidad moral es darle a todos los seres un
estatus de valor que genera obligaciones morales de protección, y limita el
libre uso y disposición. Esta producción de obligaciones es esperable que funcione
como un incentivo el mantenimiento de relaciones ecológicas entre las especies,
pero con distintos niveles de obligaciones divididos en: los agente morales que
son la especie humana que tiene derechos y obligaciones que pueden interferir
no derecho de los demás, los sujetos que son los animales, tienen derecho pero
no obligaciones, su conducta no genera daños solo conservan su existencia y por
último lo objeto moral, no tiene derecho por no ser un bien valioso a pesar de
ser ecológicamente valioso, eso implica que las obligaciones de protección
están en base a su utilidad ecológica. Por eso la protección prima la
conservación con respecto al bienestar, la especie con respecto al individuo y
la ecológica sobre cualquier otra.
Esta
mudanza de la relación entre autonomía y comunidad moral se concreta con un
conjunto de principios de la ética ecológica siendo los siguientes principios:
-
Justicia ecológica, sigue el criterio de
´´velo de la ignorancia``, una práctica social será justa ecológicamente si toman
las decisiones sin saber en qué generación o qué especie les tocará vivir.
-
Solidaridad intergeneracional, ningún
individuo tiene derecho a tomar decisiones que dañen el principio de igualdad
de la justicia ecológica.
-
Solidaridad interespecífica, ningún individuo
tiene derecho a la toma de decisiones que no serían racionales de haberse
tomado bajo el “velo de la ignorancia”, está modulada por una escala de
graduación entre agentes, sujetos y objetos morales.
-
Biocéntrico, el bien central es la vida, su
conservación y su calidad.
-
Responsabilidad, nos obliga a incluir la
previsión de las consecuencias futuras de las acciones en la evaluación moral
de las decisiones, de forma que no dañen ni generaciones ni especies.
- Precaución, impone la inversión de la carga de prueba de nuevas
tecnologías, hay que demostrar su inocuidad y su utilidad social y ecológica
para que pueda ser difundido su uso de forma generalizada
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